ABC de las Normas
Marco legal de los incentivos tributarios
La Ley 1715 de 2014 tiene como finalidad estimular la inversión en la producción de energía con fuentes no convencionales de energía -FNCE y de la Gestión Eficiente de la Energía - GEE, otorgando incentivos tributarios en el impuesto sobre la renta y en el IVA. Los vehículos Eléctricos e Híbridos (tecnología PHEV plug-in hybrid electric vehicle y HEV hybrid electric vehicle) están clasificados como Proyectos GEE.
Los contribuyentes obligados a declarar renta que realicen directamente inversiones en GEE, tendrán derecho a la exclusión del IVA y a deducir de su renta líquida, en un periodo no mayor de 15 años, el 50% del total de la inversión realizada.
Para que operen estos beneficios la acción o medida de GEE debe contar con la certificación de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME).
Ley 2099 de 2021 determinó que la entidad competente para evaluar y certificar las inversiones en GEE, para efectos de la obtención de beneficios tributarios es la UPME.
La Resolución 135 de 2025 de la UPME, establece la definición acciones o medidas de GEE.
El concepto DIAN Concepto DIAN 013853 int 1715 DE 2025 aclara que la adquisición de un vehículo eléctrico o un vehículo hibrido para uso personal se considera una medida GEE.
Documentos de referencia